Las medidas económicas que propone FJI, que son objeto de desarrollo en otros post de esta web, pueden ser resumidas de la siguiente manera:
I.- Modificación de la ley de retribuciones en los siguientes apartados:
1.- La antigüedad se debería abonar en función del sueldo de la categoría que se disfrute;
2.- La retribución variable por objetivo, productividad, debe elevarse hasta el 5% sin margen discrecional y no debe vincularse al rendimiento sino a la conflictividad y penosidad del destino, siendo la carga de trabajo soportada por el órgano judicial uno de los criterios que se han de tener en cuenta para ello.
3.- En el complemento por población se debe establecer el número de habitantes necesarios para pertenecer a una categoría y también un mecanismo automático y obligatorio de revisión anual conforme a los datos del INE.
4.- El CGPJ nos debe proveer de la toga al acceder a la carrera, y se nos renovará cada 10 años.
5.- El complemento especial por guardia debe tener en cuenta nuestra superior responsabilidad, el nivel profesional y el tipo de guardias.
6.- Se debe instaurar un nuevo complemento específico que recompense el buen hacer profesional cada 5 años.
7.- La ley de retribuciones debe reconocer y gratificar económicamente la especial incompatibilidad que soporta la carrera judicial.
II.- Debe regularse un nuevo estatuto orgánico de la carrera judicial en el que la categoría profesional no esté asociada exclusivamente al destino.
III.- El poder judicial necesita un presupuesto propio y administrado por una instancia independiente del poder legislativo y ejecutivo para que sea realmente independiente.